La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal superior de Justicia de Andalucรญa (TSJA), con sede en Granada, ha acordado prorroga hasta el prรณximo dรญa 15 de febrero la medida que obliga a la presentaciรณn del pasaporte de vacunaciรณn covid-19 o prueba diagnรณstica para el acceso a los locales de hostelerรญa y ocio, asรญ como para acceder a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carรกcter residencial.
Las medidas sanitarias han sido ratificadas mediante sendos autos emitidos hoy, 28 de enero, por la Sala de lo Contencioso y responden a las peticiones formuladas por la Junta de Andalucรญa para hacer frente a la situaciรณn de contagios masivos que sigue provocando la nueva variante รณmicron del covid-19 y tambiรฉn para consolidar la tendencia descendente que se estรก empezando a registrar a raรญz de las medidas sanitarias aplicadas.
En el informe presentado por los responsables sanitarios autonรณmicos se constata que ยซla cifra de incidencia acumulada (dรญa 25 de enero) en los รบltimos 14 dรญas se sitรบa en 1.315,7 casos por 100.000 habitantes, correspondiendo con un nivel de riesgo muy altoยป en un momento en que ยซtodas las provincias se encuentran en un nivel de riesgo muy alto, estando el rango de la incidencia entre el valor de Almerรญa (2.359, 2), que presenta la cifra mรกs alta, y el de Sevilla la mรกs baja con 908,2ยป.
En esta segunda peticiรณn de prรณrroga temporal de las medidas dirigidas a los locales de ocio, la Junta recuerda que ยซla situaciรณn epidemiolรณgica a fecha actual es de un nivel de riesgo superior al existente en el momento de dictar la Ordenยป por lo que ยซaรบn estarรญa mรกs justificado en tanto que la probabilidad de que las personas que como usuarias acuden a los establecimientos de restauraciรณn y ocio nocturno sean transmisoras del virus es mayor aรบn dada la alta incidencia existenteยป.
La Sala insiste, a tenor de estos datos, en la ยซnecesidad e idoneidad de la medida que se pretende implantarยป, por cuanto estรก dirigida a ยซconsolidar la tendencia descendenteยป especialmente en un entorno, el del ocio nocturno, donde existe ยซmayor probabilidadยป de transmisiรณn del virus. Asimismo, subraya su idoneidad en que ยซtiene por objeto limitarยป el acceso de personas que potencialmente poseen un mayor riesgo de transmisiรณn de la enfermedad.
Los magistrados sostienen, ademรกs, que la obligatoriedad de presentaciรณn del pasaporte covid debe extenderse a todo el territorio andaluz puesto que la tasa de incidencia ยซes notablemente elevadaยป y porque una hipotรฉtica aplicaciรณn de la medida en algunos municipios y no en otros podrรญa provocar ยซun efecto llamadaยป hacia aquellos municipios con incidencias mรกs bajas y el consiguiente riesgo de aumento de contagios en los mismos.
Respecto al acceso a residencias y centros sanitarios, la Sala recuerda que la medida afecta รบnicamente a las personas mayores de 12 aรฑos ยซvisitantes y acompaรฑantes de pacientes hospitalizadosยป, que deberรกn presentar el certificado, la prueba diagnรณstica o haberse recuperado en los รบltimos seis meses de una infecciรณn del covid-19. Sin embargo, no serรกn exigibles para los propios trabajadores de los centros ni para los particulares que quieran acceder como pacientes o a los acompaรฑantes de pacientes que acudan a consultas hospitalarias o servicios de urgencias.
El informe sanitario presentado por la Junta recuerda que estos lugares se consideran de ยซalto riesgo por la presencia de personas con una mayor vulnerabilidadยป y recuerda que ยซen la semana del 13 al 19 de enero se han declarado 89 brotes en centros socio-sanitarios, incluidos los 51 brotes declarados en residencias de mayores y 7 brotes en centros sanitariosยป.
Aunque los magistrados admiten que estas medidas afectan a algunos derechos fundamentales, sin embargo, insisten en que esta vulneraciรณn resulta ยซescasaยป dado que se pretende proteger otro derecho fundamental como es el derecho a la vida.