Cartel colocado en un establecimiento de El Jamรณn.
Cartel colocado en un establecimiento de El Jamรณn.

FACUA Consumidores en Acciรณn ha denunciado a cinco cadenas de supermercados e hipermercados por limitar a los consumidores el nรบmero de unidades de aceite de girasol que pueden adquirir en cada compra. Los establecimientos son DIA, Mercadona, MAS, El Jamรณn e Hiperdino, que han denunciado ante las autoridades competentes en materia de comercio de distintas comunidades autรณnomas, entre ellas las de las sedes sociales centrales de las cadenas.

This story also appeared in Sevilla Actualidad

Asรญ, las denuncias contra El Jamรณn y MAS se han presentado ante la Direcciรณn General de Comercio de Andalucรญa, al operar exclusivamente en esta comunidad. Mientras, la referente a la canaria Hiperdino la ha recibido la Direcciรณn General de Comercio y Consumo de las Islas Canarias.

Por su parte, han denunciado DIA y Mercadona ante la Direcciรณn General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid. Tambiรฉn, ante la Direcciรณ General de Comerรง de la Generalitat de Catalunya y tambiรฉn ante la autoridad de comercio andaluza. La denuncia de Mercadona, ademรกs, ha sido ante el Servicio Territorial de Comercio y Consumo de la Comunidad Valenciana, al tener allรญ su sede social.

Avisos de limitaciones

La asociaciรณn ha podido comprobar que las cinco empresas han colocado mensajes en los que avisan a sus clientes de dicha limitaciรณn. ยซLa venta de aceite de girasol se limita a tres unidades de un litro o una garrafa de cinco litros por cliente y dรญaยป, advierten carteles colocados en DIA. ยซMรกximo cinco litros por clienteยป, dicen los de Mercadona. ยซLimitamos la venta de aceite de girasol y semillas. Mรกximo cinco litros por cliente y dรญaยป, indican en MAS, la cadena andaluza del grupo IFA.

Por su parte, la tambiรฉn andaluza El Jamรณn seรฑala que ยซla compra de este producto estรก limitada a 5 unidades de 1 litro por cliente y dรญaยป, mientras que en la canaria Hiperdino puede leerse que ยซse limita la compra por cliente y dรญa a un mรกximo de una unidad de 5 litros o dos unidades del resto de formatosยป.

La asociaciรณn ha detectado, ademรกs, que en los รบltimos dรญas se estรก viendo un alza ยซdesproporcionadoยป de los precios de este producto en diferentes cadenas. La asociaciรณn ha registrado importes de hasta 2,98 euros el litro en el establecimiento que vende el producto a mayor precio.

ยฟQuรฉ insta la ley?

En este sentido, y segรบn seรฑala la asociaciรณn, el artรญculo 9.2 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenaciรณn del Comercio Minorista, establece que ยซlos comerciantes no podrรกn limitar la cantidad de artรญculos que pueden ser adquiridos por cada comprador ni establecer precios mรกs elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen. En el caso de que, en un establecimiento abierto al pรบblico, no se dispusiera de existencias suficientes para cubrir la demanda, se atenderรก a la prioridad temporal en la solicitudยป.

Ademรกs, el artรญculo 63 de la citada ley recoge como labor de las administraciones pรบblicas comprobar ยซel cumplimiento de lo dispuestoยป en la legislaciรณn, para ยซcuyo fin podrรกn desarrollar las actuaciones inspectoras precisasยป y podrรกn ยซsancionar las infracciones cometidasยป. La competencia sancionadora, segรบn indica la norma, corresponde a las comunidades autรณnomas.

Por ello, la entidad insta a las diferentes autoridades de protecciรณn autonรณmicas que realicen las averiguaciones que sean oportunas en su รกmbito territorial. A su vez, iniciar los correspondientes expedientes sancionadores.

Deja un comentario