El jurado popular del juicio celebrado la semana pasada en la Audiencia de Sevilla contra Abel M.L., alias El Moco, el varรณn acusado de asesinar a Dolores Ortiz, la vecina de San Juan de Aznalfarache cuyo cadรกver fue descubierto la madrugada del 1 de febrero de 2020 en la plaza de Blas Infante de dicho municipio aljarafeรฑo, ha declarado al mismo ยซculpableยป de dar muerte a la vรญctima ยซa golpesยป y aumentando ยซdeliberadamente su sufrimientoยป.
La Audiencia de Sevilla ha acogido la tarde de este martes la lectura del veredicto del jurado popular tras las cinco sesiones de juicio celebradas la semana pasada en torno a este crimen en el que el acusado, expareja de la vรญctima y toxicรณmano al igual que ella, habrรญa asesinado a Dolores Ortiz entre las 16:30 y las 17:30 horas de la madrugada del 1 de febrero de 2020 propiciรกndole mรกs de 23 golpes con un objeto contundente y con borde mientras ella estaba acuclillada y cubierta por un abrigo fumando droga en la plaza de Blas Infante, segรบn la investigaciรณn.
Durante su comparecencia en el juicio, en la que rechazรณ contestar a las preguntas de las acusaciones particulares, El Moco explicรณ que entre 2006 y 2009 mantuvo una relaciรณn con la fallecida, toda vez que tras su ruptura seguรญan encontrรกndose para consumir drogas.
El testimonio del acusado
Empero, frente a la acusaciรณn de que รฉl utilizaba supuestamente a su expareja para que acudiera a comprar drogas y ademรกs le quitaba dinero y sustancias estupefacientes, Abel M.L. aseguraba que ยซnuncaยป obligรณ a Dolores Ortiz a buscar estupefacientes para รฉl, asรญ como que tampoco la forzรณ para que se prostituyese y asรญ obtener dinero con el que adquirir las sustancias. Del mismo modo, negaba que hubiese agredido a la vรญctima, toda vez que dos amigas de la misma testificaron que ella tenรญa ยซmiedoยป de รฉl y que manifestaba que el acusado la agredรญa.
En cuanto a la madrugada de los hechos, El Moco defendiรณ durante el juicio que sobre las 15:30 horas habrรญa recalado ya en su vivienda, donde su hermano le ยซabriรณ la puertaยป, seรฑalando la fiscal del caso sus ยซcontradiccionesยป con relaciรณn a sus comparecencias ante la Policรญa y en la fase de instrucciรณn del asunto, cuando habrรญa relatado que regresรณ a su hogar entre las 17:30 y 18:00 horas, situรกndose a sรญ mismo en la calle en el lapso de tiempo en el que fue perpetrado el crimen.
Frente a ello, el acusado alegaba que si lo dijo de tal manera fue porque entonces estaba ยซbajo los efectos de la drogaยป o con ยซel monoยป, es decir el sรญndrome de abstinencia.
En ese sentido, el jurado popular ha declarado probado por unanimidad que El Moco y Dolores Ortiz, Loli segรบn era conocida en la zona, mantuvieron en efecto una relaciรณn hasta 2009 aunque sin convivir juntos y que despuรฉs, ella le ยซevitabaยป para que รฉl no le quitase dinero o drogas o le agrediese para ello, extremos que habรญan ocurrido ยซen varias ocasionesยป.
Golpes y empujones
En paralelo, y merced al testimonio de un agente de la Policรญa Nacional, el jurado ha declarado probado por unanimidad que Abel M.L. agrediรณ ยซa golpes y empujonesยป a la fallecida unos dos meses antes del crimen en plena calle por cuestiones relacionadas con sustancias estupefacientes.
En ese sentido, el jurado popular ha declarado por unanimidad al acusado ยซculpableยป de diferentes ยซagresiones, amenazasยป y robos de dinero y droga a la vรญctima del crimen.
Y por siete votos a favor de los nueve miembros del jurado popular, el mismo ha declarado que Abel M.L. fue ยซla personaยป que perpetrรณ la agresiรณn ยซpor sorpresaยป sufrida por Dolores Ortiz la madrugada del 1 de febrero de 2020 mientras estaba acuclillada en la plaza de Blas Infante de San Juan, tapada con un chaquetรณn y refugiada tras un murete de dicha plaza para consumir droga, declarando asรญ con tales siete votos que el acusado es ยซculpable de dar muerte a golpesยป a Dolores Ortiz.
Por ocho votos de los nueve miembros del jurado, el mismo ha declarado ademรกs a Abel M.L. ยซculpableยป de dar muerte a la vรญctima aprovechando su ยซimposibilidad de defensaยป al estar la misma bajo los efectos de cocaรญna, metadona y probablemente heroรญna y por la posiciรณn en la que estaba consumiendo drogas; y de incrementar ยซdeliberadamente el sufrimientoยป de la vรญctima, dada la ยซviolenta y brutal agresiรณnยป descrita por los policรญas nacionales que investigaron el crimen y el testimonio de los mรฉdicos forenses, segรบn los cuales tras el primero de los 23 golpes encajados por la vรญctima, su muerte ยซno fue inmediataยป y su ยซdolor fue aumentando por los reiterados ataquesยป a su cabeza.
Las claves veredicto
Para declarar a Abel M.L. culpable del crimen, el jurado popular ha tenido especialmente en cuenta el gorro de lana negra con rastros genรฉticos del acusado localizado en las inmediaciones de la plaza y que segรบn la Policรญa Nacional habrรญa perdido el mismo ยซese dรญaยป precisamente.
Ademรกs, el jurado ha tenido en cuenta el testimonio de un testigo segรบn el cual El Moco ยซle concretรณ cรณmo habรญan matado a la vรญctimaยป y cรณmo le habรญan ยซmachacado la cabezaยป, lo que probarรญa que รฉl habรญa ยซvisto el cadรกverยป antes de que el mismo fuese descubierto y comenzase a actuar la Policรญa. Tambiรฉn ha pesado el testimonio de otro testigo vecino de la zona que asegurรณ haber visto a Abel M.L. aquella noche ยซescondido en un poyeteยป y que lo vio ยซmarcharse con vestigios de sangreยป siguiendo un camino que coincide con las gotas de sangre halladas en el entorno de la escena del crimen.
El jurado popular ha declarado ademรกs probado por unanimidad, que Abel M.L. sufrรญa una ยซlarga adicciรณnยป a las drogas, extremo que afectaba a su ยซcapacidad de controlar sus impulsosยป y a su comportamiento, especialmente cuando no tenรญa acceso a sustancias estupefacientes.
Tras el veredicto del jurado popular, la Fiscalรญa, que al acabar el juicio reclamaba para el acusado 20 aรฑos de cรกrcel por un presunto delito de asesinato con alevosรญa y la agravante de parentesco, mรกs un aรฑo adicional de prisiรณn por un delito de malos tratos; ha solicitado 21 aรฑos por un delito de asesinato con alevosรญa y ensaรฑamiento y la atenuante de drogadicciรณn, mรกs un aรฑo y tres meses mรกs de cรกrcel por un delito de maltrato habitual y nueve meses mรกs de cรกrcel por un tercer delito de maltrato de obra. Es decir 23 aรฑos de prisiรณn en total.
Las acusaciones particulares reducen sus peticiones de condena
En el caso de las acusaciones particulares, ejercidas por la hija de la fallecida y por la madre y el hermano de la misma, despuรฉs de solicitar 22 aรฑos de prisiรณn por un delito de asesinato y tres aรฑos mรกs de cรกrcel por un delito de malos tratos continuados; y 24 aรฑos de cรกrcel por un delito de asesinato y otros tres aรฑos mรกs por otro delito de malos tratos continuados, respectivamente, han coincidido en pedir 21 aรฑos por un delito de asesinato, dos aรฑos mรกs por un delito de maltrato habitual y seis meses mรกs de cรกrcel por un tercer delito de maltrato de obra.
La acusaciรณn popular ejercida por la Junta de Andalucรญa se ha adherido a la peticiรณn de la Fiscalรญa y la defensa ha solicitado la pena mรญnima que corresponda, anunciando que recurrirรก el pronunciamiento de culpabilidad.