La Policรญa Local de Bormujos ha denunciado y abierto propuesta de sanciรณn a siete jรณvenes que se habรญan encerrado en una nave en el municipio para celebrar una fiesta ilegal, en la que se encontraban consumiendo alcohol, sin mascarillas ni guardando la distancia de seguridad, segรบn ha informado el Ayuntamiento.
Fue gracias a la colaboraciรณn ciudadana, mediante un vecino que dio aviso a la Policรญa Local de que en dicha nave se escuchaba mรบsica que superaba la pacรญfica convivencia, asรญ como voces en su interior de varios jรณvenes.
Una vez que tres agentes de la Policรญa Local se personaron en el lugar, encontraron la puerta cerrada y, ante el desconocimiento del nรบmero de personas que se encontraban en su interior, trasladaron la informaciรณn a la Guardia Civil para solicitar apoyo para su actuaciรณn.
Tanto Policรญa Local como Guardia Civil del Puesto Principal de Gines se identificaron y llamaron a la puerta de la nave solicitando su apertura. Sin embargo, los jรณvenes se negaron de forma permanente y rotunda a abrirla, alegando que contaban con derecho a permanecer en la nave, pues habรญan procedido a su alquiler.
Hasta en 10 ocasiones los efectivos reclamaron el acceso a las instalaciones, encontrando como respuesta la negativa y, despuรฉs de mรกs de una hora de interlocuciรณn infructuosa, se procediรณ a la localizaciรณn de un familiar de los jรณvenes, logrando que se abrieran las puertas.
Una vez en el interior de la nave los agentes constataron que se encontraban celebrando una fiesta. En dicha celebraciรณn habรญa bebidas alcohรณlicas, ademรกs de tres turismos y siete jรณvenes en el interior.
Ademรกs de la sanciรณn por vulnerar el Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el รกmbito de la Comunidad Autรณnoma de Andalucรญa en aplicaciรณn del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagaciรณn de infecciones causadas por el SARS-COV-2, en su artรญculo 6 apartado 3.
En dicho artรญculo se lee: ยซLa permanencia de grupos de personas en espacios de uso privado queda condicionada a que no se supere el nรบmero mรกximo de seis personas, salvo que se trate de convivientesโ, se abrieron diligencias contra el portavoz del grupo por un presunto delito contra el Orden Pรบblico, previsto y penado en el artรญculo 556 del vigente Cรณdigo Penal, por desobediencia grave a los agentes de la Autoridad en el ejercicios de sus funciones, motivado por la negativa expresa y reiterada al desatender las รณrdenes claras y directa de apertura de la nave.