- Camas avisa de la ยซfalta de pediatrasยป en sus centros mรฉdicos
- Un incendio en el punto limpio de Camas levanta una gran columna de humo
Un varรณn ha sido condenado por amenazar de muerte a una mujer en un centro de personas mayores de Camas. La sentencia, confirmada por la Audiencia de Sevilla, relata cรณmo el hombre empujรณ a la vรญctima ยซcontra la paredยป al tiempo que le decรญa que ยซle iba a matarยป
En una resoluciรณn emitida el pasado 24 de septiembre y recogida por Europa Press, la Secciรณn Tercera de la Audiencia aborda un recurso de apelaciรณn de un varรณn, contra una sentencia del Juzgado de Instrucciรณn nรบmero 14 de Sevilla. En ella se le condena a una multa de 180 euros por un delito leve de amenazas.
Concretamente, el juzgado declarรณ probado que sobre las 12:30 horas del 1 de diciembre de 2023, el acusado estaba visitando a un familiar en un centro de personas mayores de Camas, ยซquedando acreditado de las declaraciones de las partes y la testificalยป que despuรฉs de solicitar ยซhablar en privadoยป con la vรญctima, ยซse dirigiรณ a ella en actitud agresiva, diciรฉndole que quรฉ le habรญa dicho a su madre que estaba locaยป.
Para el acusado, la amenaza nunca se produjo
El relato de hechos probados agrega que mientras el acusado ยซse encarabaยป con la vรญctima ยซle echaba las mano hacia la cara y le empujaba contra la pared, al mismo tiempo que le proferรญa la frase de que la iba a matarยป, extremo ยซratificado, como ya se ha indicado, por la parte denunciante, que ha ejercido acusaciรณn, y por parte de la testigo que depuso en el acto del juicio que acreditรณ la conducta violenta del denunciado, quedando por todo ello acreditado los hechos antes mencionadoยป.
En su recurso de apelaciรณn contra dicha sentencia condenatoria, el inculpado alegaba que ยซla citada amenaza no se llevรณ a efectoยป, asegurando que ยซno hay prueba de las supuesta amenaza y no resulta corroborada por prueba subjetiva alguna porque la testigo manifestรณ que no escuchรณ amenaza alguna y las frases vertidas sรณlo se basan en la declaraciรณn de la denunciante, que es subjetiva y no debe tenerse en cuenta para formular resoluciรณn de condenaยป. De esta forma, el condenado asegura que nunca llegรณ a amenazar de muerte a la mujer en Camas.
Mรกs credibilidad a la vรญctima y a la testigo
En ese sentido, la Secciรณn Tercera de la Audiencia analiza que la condena se basa en ยซla ratificaciรณn expresa realizada por la parte denunciante, la testifical que corrobora la actitud violenta realizada del acusado y el hecho que este implรญcitamente reconoce haber mantenido una discusiรณn con la denuncianteยป. De esta manera, presta mayor credibilidad a la manifestaciรณn de la denunciante y ademรกs de la testigo, quien ยซaunque no escucha lo que dice el apelante, sรญ ve la actitud violentaยป del mismo.
ยซEl recurrente pretende, en definitiva, cuestionando los criterios valorativos expuestos en la sentencia recurrida, que este tribunal los censure y realice una nueva valoraciรณn de la manifestaciรณn de la denunciante, contrastรกndola con la suya y reconsiderando la credibilidad que se le puede otorgar, pero esto no es procesalmente posible en tanto carecemos de la imprescindible inmediaciรณn y no consideramos, por otra parte, irrazonable la operaciรณn mental de crรญtica de la prueba que se refleja en la narraciรณn fรกctica de la sentencia recurridaยป, explica la Secciรณn Tercera de la Audiencia.
ยซLa denunciante se muestra rotunda en la grabaciรณn y ratifica la amenaza recibida y sobre ello se ha basado la convicciรณn del juzgador, que de este modo ha valorado la prueba correctamente, con razonamientos que compartimos por el discurso lรณgico empleadoยป, seรฑala la Audiencia, que desestima finalmente el recurso y confirma la sentencia inicial condenatoria.